Comunicado de Prensa

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El Fondo de Ahorro de Panamá se fortalece con la aprobación de la Ley 51

Panamá | 10 de octubre de 2018

La Asamblea Nacional de Diputados aprobó la Ley 51 de 10 de octubre de 2018 que introduce cambios a la Ley 38 de 5 de junio de 2012, que crea el Fondo de Ahorro de Panamá (“FAP” o “Fondo”), respecto a su regla de acumulación, entre otros cambios. Los principales cambios de la Ley respecto al FAP son:

  1. Fortalecer el FAP con las contribuciones provenientes de la Autoridad del Canal de Panamá (“ACP”) bajo las siguientes condiciones: a) para los años 2018 y 2019, cuando toda contribución de la ACP al Tesoro Nacional supere el 2.5% del Producto Interno Bruto (“PIB”) Nominal, y b) para el año 2020 en adelante, cuando toda contribución de la ACP al Tesoro Nacional supere el 2.25% del PIB.

  2. Permitir la capitalización (reinversión) de los rendimientos futuros del FAP hasta que el patrimonio del mismo sea superior al 5% del PIB nominal del año anterior.

Abdiel A. Santiago M., Secretario del FAP comentó que “estas modificaciones a la Ley del FAP constituyen pasos valiosos y estratégicos hacia la institucionalización, desarrollo y robustecimiento del Fondo, y fomentan su crecimiento como herramienta anti-cíclica para el beneficio de futuras generaciones de panameños. En términos prácticos, y en base a las estimaciones actuales, el FAP podría percibir capitales frescos de aproximadamente B/. 150 millones en los próximos tres años como resultado de estos cambios a la Ley”.

Por otra parte, el presidente de la Junta Directiva del FAP, José N. Abbo, manifestó que “para la gestión de la Junta Directiva del FAP estos cambios representan un logro importante, debido a que el Fondo, después de seis años de haberse constituido, al fin logrará fortalecerse con un crecimiento orgánico y con la entrada de capitales frescos provenientes de las aportaciones de la ACP. Es importante se siga explorando mecanismos necesarios a fin de que el FAP pueda recibir capitales de otras fuentes de ingreso tales como: a) recursos provenientes de la venta de activos de la Unidad Administrativa de Bienes Revertidos; b) beneficios, ganancias o dividendos recibidos por el Estado Panameño por su participación en el capital social de las empresas mixtas; c) concesiones que el Estado Panameño haya otorgado en distintas actividades económicas y de servicio (Ej. minería, telecomunicaciones, etc.)”.

 

Sobre el Fondo de Ahorro de Panamá

El Fondo fue creado por medio de la Ley 38 de 5 de junio 2012, y tiene como objetivos principales:

  1. Establecer un mecanismo de ahorro a largo plazo para el Estado panameño; y

  2. Establecer un mecanismo de estabilización para casos de estado de emergencia declarado por el Consejo de Gabinete y desaceleración económica.

Contacto: Administración, +507-394-5776/5706, administrador@fondoahorropanama.com

Para información adicional visite www.fondoahorropanama.com


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