Comunicado de Prensa

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La Comisión Supervisora del Fondo de Ahorro de Panamá emite su Informe de Opinión de la Vigencia Fiscal 2020

Panamá | 21 de junio de 2021

La Comisión Supervisora (la “Comisión”) del Fondo de Ahorro de Panamá (“FAP” o “Fondo”) emitió el 16 de junio de 2021 su Informe de Opinión de la Vigencia Fiscal 2020 (el “Informe”).  La Comisión es el órgano representativo de la sociedad civil en la estructura de gobierno corporativo del Fondo.

El Informe – en conformidad con lo establecido en la Ley 38 de 5 de junio de 2012, que crea el FAP (la “Ley del FAP”) – se emite anualmente para evaluar al Fondo y su modelo de gestión, su gobierno corporativo, sus resultados financieros, y sus principales metas estratégicas (acceda al Informe de Opinión 2020 aquí).

En este Informe, la Comisión opinó que la gestión del Fondo ha sido en apego a todas las consideraciones legales y financieras vigentes, y bajo los principios de prudencia y transparencia en la administración de las inversiones del mismo.

La Comisión Supervisora del FAP, presidida en el periodo actual por el Representante del Consejo Nacional de la Empresa Privada, manifestó que “El presente Informe de Opinión busca proveerle al Gobierno Nacional, de forma independiente, el valor e importancia que aporta el FAP a la población panameña.  Respecto al papel del FAP en la crisis económica nacional a causa de la pandemia del COVID-19, destacamos las acciones realizadas por el Fondo para transferir al Tesoro Nacional la suma de B/.105 millones, previa solicitud del Ministerio de Economía y Finanzas, y así ejecutar por primera vez su principal mandato legal de ser un mecanismo de estabilización para el país en caso de emergencia por desastres naturales y/o desaceleración económica”.

La Comisión, en su Informe, incluyó las siguientes opiniones y observaciones que, aunque no exhaustivas, considera fortalecen la gestión del Fondo, para el beneficio a largo plazo de las futuras generaciones de panameños:

  • Protección de los Activos: considerar la inclusión del FAP en un artículo constitucional y proveerle personería jurídica al mismo.

  • Nuevos Capitales: incorporación de nuevos capitales a través de aportes pendientes por recibir del Canal de Panamá, de ingresos provenientes de los dividendos y venta de acciones de las empresas mixtas, bienes revertidos, en adición a ingresos por concesiones por actividades mineras y de telecomunicaciones.

  • Mitigación de Riesgos: considerar la obtención de un seguro catastrófico por parte del Fondo para cubrir el riesgo de contingencia monetaria derivado de posibles desastres naturales en el país.

  • Retiro de Capitales del FAP: necesidad de contar con un informe sobre el uso y alcance logrado con los capitales retirados para atender los efectos de la pandemia del COVID-19.

Integrantes de la Comisión
La Comisión está integrada por representantes de las siguientes organizaciones:

  • El Colegio de Contadores Públicos Autorizados de Panamá;

  • El Colegio de Economistas de Panamá;

  • El Consejo Ecuménico de Panamá;

  • El Consejo Nacional de Trabajadores Organizados (CONATO); y

  • El Consejo Nacional de la Empresa Privada (CONEP).

 

Sobre el Fondo de Ahorro de Panamá
El Fondo fue creado por medio de la Ley 38 de 5 de junio 2012, y tiene como objetivos principales:

  1. Establecer un mecanismo de ahorro a largo plazo para el Estado panameño; y

  2. Establecer un mecanismo de estabilización para casos de estado de emergencia (declarado por el Consejo de Gabinete) y desaceleración económica.

Contacto: Administración, +507-394-5776/5706, administrador@fondoahorropanama.com
 
Para información adicional visite www.fondoahorropanama.com
 

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